Alabado Sea Al-lah, Señor del Universo. Doy testimonio que nada ni nadie merece ser adorado sino Al-lah, y que Muhammad, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, es Su siervo y mensajero.
Lo que nos parece es que esa tierra, que se donó como habiz para construir una mezquita, está hipotecada. Entonces, la pregunta aquí es: ¿Puede considerarse esa tierra como una donación, o no? La respuesta es que si esta tierra fue entregada como una donación desde ya, estando hipotecada, entonces, no puede considerarse como un habiz. Pero si se la entregó ahora, con la intención de que sea una donación después de que se pague la hipoteca, sí será correcto considerarla como un habiz.
El erudito Malikita Ad-Dusuqi, que Al-lah le Dé Su perdón, dijo: “No se puede donar algo hipotecado o empeñado, mientras otra gente tenga derecho sobre esto (es decir, si el donante del habiz donó esa tierra ahora, a pesar de estar empeñada). Sin embargo, si se dio algo con la intención de que se convierta en una donación una vez pagada su deuda o hipoteca, entonces, sí es correcto; ya que no es una condición para la donación que se haga efectiva inmediatamente.