Alabado sea Al-lah y que la paz y las bendiciones sean con el Profeta de Al-lah, su familia y seguidores.
Primero queremos hacerle un llamado para que revise las razones por las cuales quiere el divorcio y que lo piense bien. Pueda ser que estas razones no sean asuntos de gravedad y puedan tener solución.
En el caso de que únicamente el divorcio sea el camino, si su marido acepta divorciarla, usted tendrá derecho a la mitad de la cantidad registrada en el acta de matrimonio como dote.
Debe saber que ni usted ni un juez puede obligar a su esposo que acepte el divorcio sin que él pida algo a cambio; es decir, que si el no llegara a aceptar divorciarla, entonces habría que negociar con él para llegar a un acuerdo, como que él le pidiera que le devolviera todo lo que gastó en usted, y que además, renuncie a la mitad que él tendría que darle del total de la dote.
Cualquiera fuese el caso, una vez divorciada, usted no tendría que esperar el ‘Idda (periodo de tres meses luego del divorcio o muerte del marido) para casarse nuevamente, por lo que él no estaría obligado a cubrir sus gasto mientras ese tiempo termina.
(Si en un futuro, después del divorcio, se diera el caso de que ustedes dos definitivamente quieren formar una familia, deberán casarse nuevamente, o sea, que deben hacer un acta de matrimonio nueva, ya que no habría ningún impedimento para ello.)
Y Al-lah sabe más.