¡Alabado sea Al-lah!, Señor de los mundos. Testifico que nadie mereceser alabado excepto Al-lah, y que Muhammad, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, esSu siervo y mensajero.
El matrimonio no se hace nulo debido a ningún fallo odefecto del esposo, aunque no lo haya informado a su esposa o al tutor antes dela conclusión del matrimonio. Sin embargo, una esposa tiene el derecho a anularel matrimonio si ese defecto es del tipo que, según los eruditos del fiqh, ordenala anulación del matrimonio, como la lepra, la discapacidad mental, osimilares.
La infertilidad no da derecho a una esposa a anular sumatrimonio, de acuerdo a la mayoría de los eruditos. Sin embargo, se recomiendaque este defecto sea revelado antes del matrimonio. Al-Mardaawi (que Dios tengamisericordia de él), un erudito Hanbali, fue citado por Ibn Mansoor (que Diostenga misericordia de él) diciendo: “Recomiendo que el esposo le informe a suesposa acerca de su esterilidad.”
Si la esposa está familiarizada con su infertilidad yestá conforme con ella, entonces eso absuelve al esposo de la responsabilidad yella no tiene derecho a anular el matrimonio. Ash-Shaafi‘i (que Dios tengamisericordia de él), afirmó: “Si él se casó con ella después de declarar suinfertilidad o la reveló después del matrimonio, ella no tiene derecho a anularel matrimonio, ya que el mismo marido no sabe a ciencia cierta si será estérilhasta que muera. Tal vez al esposo se le priva de hijos en la juventud, y se lebendice con ellos más tarde, cuando sea mayor.”
Y Al‑lah sabe más.