¿Si un musulmán tiene deudas está obligado a realizar la ‘Umrah y el Hayy?
Alabado Sea Al-lah, Señor del Universo. Doy testimonio de que nada ni nadie merece ser adorado sino Al-lah, y que Muhammad, sallallahu ‘alaihi wa sallam, es Su Siervo y Mensajero.
Quien tenga una deuda a corto plazo, pero quiere hacer el Hayy y la ‘Umrah y tiene dinero para ello, debe pagar la deuda primero, porque en este caso no reúne todas las condiciones necesarias (la capacidad financiera es una de ellas) para que cumpla con el Hayy y la ‘Umrah, mientras que el pago de sus deudas sí es algo obligatorio y primordial. Sin embargo, si el acreedor le permite realizar el viaje para cumplir con el Hayy, y el deudor tiene la certeza, basada en hechos, de que al regresar una vez finalizado el Hayy tendrá los medios para cancelar su deuda, en este caso no hay problema en que vaya y realice esta forma de adoración.
En cuanto a la deuda a largo plazo, si el deudor tiene la certeza de que tendrá la posibilidad de pagarla, puede ir al Hayy sin necesidad de que solicite la autorización de su acreedor para tal fin.
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